De acuerdo el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios que se contraten con las instituciones del sistema financiero, ya sea bancos, casas de bolsa, aseguradoras, entre otras, o con intermediarios públicos como el Infonavit o Fovissste, se podrán deducir, siempre y cuando el préstamo no exceda el equivalente a un millón quinientas mil unidades de inversión (UDIS).
Este es un beneficio que tienen todas las personas que contratan una hipoteca, donde lo deducible es equivalente a intereses reales del crédito. Por ejemplo, si la tasa del crédito es del 12% y una tasa de inflación del 4%, lo que se puede deducir es el 8% de intereses reales, por ello es atractivo aprovechar este beneficio.
Fuente | Metros Cúbicos
Tengo dos hipotecas una en Bancomer y la otra en el ISSSTE, las dos hipotecas puden ser deducibles o solo una la de mayor valos
hola , estoy por adquirir un credito de infonavit y quiero saber como hago deducibles los intereses, soy empleada y al final del año me dan mi constancia de retenciones del isr . me tendre que dar de alta cono empresaria o en asociacion sin fines de lucro?
gracias.
PUEDO DEVENGAR LOS INTERESES PAGADOS DE LOS AÑOS 2010,2011 Y 2012 SI NO PRESENTO DE CLARACIONES ANUALES POR QUE SOY ASALARIODO A LA INSTITUCION NUESTROS INPUESTOS PERO NOS DA CONSTACIA DE RETENCION.
PUEDO SOLICIAR LA DEVOLUCION QUE CORRESPONDE A LOS INTERESES PAGADOS.